Competencia desleal al existir semejanza en grado de confusión entre marcas
- Las imágenes y la marca registrada se utilizan como ejemplo y para fines educativos.
En el mundo se
comercializan productos y servicios a través del uso de marcas, las
cuales sirven para distinguir los mismos entre los competidos, lo que
permite una sana competencia, así como la libertad de decisión de
los consumidores, por ello es importante que una marca cumpla
con los requisitos de distintividad y visibilidad para que pueda ser
objeto de registro y por consecuencia de protección de conformidad con
la Ley de la Propiedad Industrial.
Detrás de cada una de las marcas que
existen en el comercio, se encuentra una gran inversión, no solo
económica sino también de trabajo intelectual por parte de su titular,
en ocasiones asesorado por expertos en la materia, ya que en primer
lugar se da a la tarea de pensar el nombre (marca nominativa), en
el diseño (marca innominada), en los colores, en el empaque (marca
tridimensional), es decir, en todos los elementos que permitan hacerlo
atractivo para los consumidores y que distinga su producto o servicio de
los que se encuentran en el mercado, es evidente que mientras mayor sea
la inversión económica más serán los detalles que cuidará el titular de
la marca para hacerla realmente distintiva.
Cuando una marca sale al comercio por
primera vez, el consumidor la elige de manera inconsciente ya que lo que
desea es satisfacer su necesidad, si dicha elección logra cautivarlo su
segunda adquisición será de manera consciente y esto va generando que
la marca vaya adquiriendo aceptación y prestigio. Esto se dice rápido
pero en muchas ocasiones implica muchos años para que una marca
se posicione dentro del comercio.
La competencia desleal rompe con el
esquema trazado en los párrafos que anteceden, ya que un competidor
aprovechando el prestigio de una marca, saca al comercio una marca que
fonética, gráfica y conceptualmente es similar a la ya conocida por los
consumidores y que ampara los mismos productos o servicios, con el único
objetivo de engañar al consumidor provocando que por error consuma sus
productos y de esta forma logre desbancar a su competidor, acción que
en ocasiones se encuentra dentro de la “legalidad” ya que de igual forma
se trata de una marca registrada.
Existe otro hecho, cuando un tercero
produce y comercializa un producto “pirata” y que lo pone en el comercio
como producto original, utilizando la misma marca registrada siendo que
no tiene las mismas características ni la calidad, aunque en ocasiones
el consumidor se deja llevar provocando que siga imperando en
nuestro país el consumo de productos “piratas”, argumentos para hacerlo
existen varios, pero desafortunadamente la práctica de la competencia
desleal en cualquiera de sus formas lo que propicia es la existencia de
un círculo vicioso que termina en afectar no solo la economía del
titular de la marca, sino que acaba en aniquilar la economía de nuestro
país.
Por Virginia Briones López
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